Compañeros/as, a los efectos de avanzar en el Proceso de culminación del PDC y de la elección de autoridades entiendo que deberías actuar en el marco del Estatuto de la SEPLA. Tenemos un estatuto aprobado en 2005 cuando se funda la SEPLA que sigue vigente.
En 2010 se gestiona en Uruguay la personería jurídica de la SEPLA, lo que nos permitiría tener cuentas bancarias, recibir financiamiento, firmar contratos, etcétera. Este estatuto cumple con las formalidades exigidas por el gobierno uruguayo, pero en la medida que nunca fue utilizada la personería jurídica, tampoco se cumplieron las formalidades para mantenerla. Ergo este estatuto lo envío para su conocimiento, pero no sustituye el aprobado en 2005.
En 2021 estuvimos trabajando en la modificación del Estatuto y la directiva aprobó que se sometieran las modificaciones a la aprobación o rechazo de los miembros de la SEPLA en el período de decisión colectiva.
Entiendo que es imprescindible someter a votación de los compañeros/as la reforma del Estatuto y que las nuevas autoridades deben elegirse en el marco del Estatuto que quede aprobado.
Adjunto el estatuto vigente desde 2005 y la propuesta de reforma de Estatuto.
Estatutos SEPLA de 2005.pdf (42,9 KB)
Propuesta_de_modificación_de_Estatutos_SEPLA_presentada_en_el_PDC.docx (20,2 KB)